Sentencia Tribunal a Favor de la Zona Ecológica del Charco del Ingenio

Comunicado Conjunto del Observatorio Ciudadano y El Charco del Ingenio

11/21/2020

En atención a las demandas interpuestas en 2019 por El Observatorio Ciudadano de los Sanmiguelenses AC y El Charco del Ingenio AC ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado, solicitando mantener la integridad de la Zona de Preservación Ecológica El Charco del Ingenio y Zonas Aledañas (ZPE), el magistrado titular de la Primera Sala del Tribunal dictó sentencia favorable a la demanda del Observatorio Ciudadano, ratificando con ello la suspensión definitiva emitida en diciembre de 2019.

La demanda interpuesta solicitó la nulidad del acuerdo de Ayuntamiento de 2017, el cual intentó modificar de manera irregular el polígono de la referida Zona de Preservación Ecológica, reserva municipal de 392 hectáreas declarada oficialmente y vigente desde 2006, la cual comprende zonas de gran valor ambiental, escénico e histórico, como las cañadas del Obraje y del Charco del Ingenio, el Jardín Botánico, el Parque Landeta, varias secciones del Parque Bicentenario y humedales dotados de abundante vida silvestre. Dicho acuerdo edilicio reducía en decenas de hectáreas la superficie de la reserva, con el fin aparente de impulsar proyectos inmobiliarios y de desarrollo urbano.

La referida demanda ciudadana solicitó asimismo al Tribunal impedir que dichas modificaciones se incorporaran al Programa Municipal de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial 2019-2040 (PMDUOET), cuyo proyecto final las tenía ya contempladas, introduciendo además cambios de uso de suelo que permitían el desarrollo urbano en la reserva municipal.

Si bien la suspensión definitiva acordada por el Tribunal ya había obligado al Ayuntamiento a reformar el PMDUOET para impedir la afectación de la zona de preservación, la sentencia recientemente dictada confirma de manera contundente la anulación de las modificaciones de 2017, así como la prohibición de introducir cambios de uso del suelo en la reserva, lo cual se pretendía hacer mediante la segmentación de su superficie en tres nuevas UGAT (Unidades de Gestión Ambiental del Territorio), permitiendo “asentamientos humanos urbanos” en sus zonas de conservación.

La resolución final del magistrado ratifica la integración de la reserva en una sola UGAT, tal y como establecía el plan de desarrollo precedente (POET), a partir de la Declaratoria de Zona de Preservación Ecológica publicada en 2006, vigente hasta la fecha, priorizando la conservación ambiental y limitando la expansión urbana en su territorio.

Consideramos que la sentencia expedida por el magistrado de la Primera Sala del Tribunal refleja una creciente conciencia en los juzgadores sobre la enorme importancia que tienen los espacios naturales en el desarrollo integral y sostenible de la sociedad.